Búsquedas
III. Facultades de Cada Área
Facultades de cada Área
Formato Facultades de cada Área.xls
Facultades del Área
- Seleccione -
Detectar las necesidades técnicas, administrativas y académicas de la Universidad, para crear planes estratégicos que impulsen al cumplimiento de las metas de la misma. Desarrollar los proyectos estratégicos para cada meta, desde su objetivo, organización, estructura, tareas, equipo de trabajo, periodo en que se pretende cumplir con el objetivo. Coordinar y supervisar los avances de los proyectos para evaluar el estado del mismo, y así asegurar el cumplimiento de los objetivos. Dar seguimiento constante a los avances de los proyectos para asegurar que se esté cumpliendo con lo planeado. Motivar y apoyar al equipo de trabajo que está desarrollando el proyecto para así garantizar la calidad del mismo. Detectar posibles situaciones que puedan interferir en los avances del proyecto, para implementar estrategias de prevención o corrección y así lograr el objetivo del proyecto en tiempo y forma. Informar sobre el estado actual de los proyectos a Rectoría; y Las demás funciones que designe el Rector.
Recepcionar las solicitudes de información pública que se presenten directamente en la Unidad de Transparencia o a través del sistema electrónico en el portal de la Universidad, en términos de la normatividad aplicable. Remitir las solicitudes de información pública recibidas a las dependencias de la Universidad Autónoma de Tamaulipas que correspondan. Efectuar las notificaciones correspondientes a los solicitantes en los términos de la normatividad aplicable. Colaborar en el diseño de planes y programas que se requieran para eficientar el despacho de los asuntos de la Unidad de Transparencia. Asignar número de folio y de expediente a las solicitudes de información pública. En el caso de presentar la solicitud de acceso a la información a través del sistema electrónico oficial, éste le asignará el número de folio correspondiente y se le dará el acuse de recibo en forma automática. Mantener debidamente ordenado y clasificado el archivo de expedientes. Colaborar en la elaboración de los informes de actividades de la Unidad, y Las demás funciones que le encomiende el titular de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales; y Los demás acuerdos y disposiciones que dicte el Rector.
Recibir las solicitudes de audiencia y entrevistas con los interesados, presentando ante el Rector sólo los casos que requieren su intervención directa, los restantes, deberán turnarse para su atención al Secretario General, o en su caso, a la Dependencia Administrativa correspondiente, vigilando el trámite hasta su solución definitiva. Recibir, analizar y clasificar la correspondencia turnándola a la Dependencia correspondiente, presentándole al Rector en forma depurada y ordenada la de su competencia exclusiva. Programar las audiencias de acuerdo con el horario que fije previamente el Rector. Programar los viajes del Rector en coordinación con las personas encargadas de la recepción en las Dependencias que visitará. Mantener contacto con las Instituciones de Educación Superior, con Dependencias Públicas Federales y Estatales, así como con Instituciones privadas, con las que tenga relación las actividades del Rector, a fin de mantener una coordinación adecuada de sus funciones. Apoyar al Rector en el cumplimiento de sus funciones, procurando cumplir con sus responsabilidades en forma adecuada, propiciando con ello un mejor desarrollo de las actividades de la Rectoría. Representar al Rector en actos académicos administrativos de extensionismo universitario, cívicos y sociales cuando se le encomiende. Llevar un programa de los eventos especiales a los que tenga que asistir el Rector, a fin de que se realicen con una adecuada organización para darle mayor realce a cada acto. Informar diariamente al Rector la actualización de la agenda y comunicarle los asuntos y entrevistas pendientes para el día siguiente. Acordar con el Rector cuando así lo requiera los asuntos de su competencia; y Las demás acuerdos y disposiciones que dicte el Sr. Rector.
I. Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto y demás reglamentación, así como los acuerdos y decisiones que emanen de la Asamblea Universitaria; II. Velar por la conservación de un orden libre y responsable de la Universidad; III. Representar jurídicamente a la Universidad con las atribuciones de apoderado general para actos de administración, pleitos y cobranzas con todas las facultades generales y especiales que requieren de cláusula especial conforme a la Ley; así como para otorgar y suscribir títulos de crédito, presentar denuncias y querellas, promover juicios de amparo y desistirse de ellos. La representación incluye la facultad para celebrar actos de dominio; sin embargo, en el caso de bienes inmuebles se deberá obtener previamente autorización expresa de la Asamblea Universitaria, así como un informe por parte del Patronato Universitario. IV. Otorgar, revocar y sustituir poderes; V. Presentar ante la Asamblea Universitaria el Plan de Desarrollo Institucional para los cuatro años de su gestión, en un plazo que no excederá de noventa días hábiles contados a partir de la toma de posesión; VI. Presentar ante la Asamblea Universitaria un informe anual de las actividades de la Universidad y de los avances y evaluación del Plan de Desarrollo Institucional; VII. Conducir las labores generales de planeación de la Universidad; VIII. Administrar el patrimonio de la Universidad, elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos de la Universidad y presentarlo al Patronato para su aprobación final por la Asamblea Universitaria; IX. Designar y remover al Secretario General, y someter su decisión a ratificación de la Asamblea Universitaria; X. Designar a los miembros del Patronato; XI. Designar al Secretario de Finanzas de la Universidad de la terna que le presente el Patronato y decidir sobre su remoción; XII. Atendiendo a la calidad de trabajo especial establecida en la Ley Federal del Trabajo Reglamentaria del Artículo 123 Constitucional para las Universidades Públicas Autónomas, así como para cumplir con el objeto para el que se creó la Universidad, el Rector podrá designar, remover y en su caso cambiar de adscripción libremente a todo el personal de la Universidad, entendiéndose como tal, a los funcionarios de la Administración Rectoral, empleados de confianza, personal docente y administrativo, lo anterior, con independencia de la conducta del personal en cita, que esté en los supuestos de las causales rescisorias establecidas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, en cuyo caso se les otorgará la garantía de audiencia; XIII. Designar y remover libremente al Abogado General; XIV. Presentar ante la Asamblea Universitaria, proyectos de reglamentos y demás disposiciones de carácter general que deban regir la organización y funcionamiento académico y administrativo de la Universidad; XV. Firmar conjuntamente con el Secretario General, los títulos y grados académicos; XVI. Establecer, previa consulta con los directores, las medidas académicas, administrativas y operativas convenientes para el funcionamiento coherente de la Universidad; XVII. Emitir instructivos, circulares y acuerdos para el mejor funcionamiento docente y administrativo de la Universidad; XVIII. Las demás que establezcan otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
Buscar